29/10/25

La Justicia bonaerense avala que los municipios del Conurbano puedan multar por cortes de luz a Edesur y Edenor

Les otorga a los municipios un mayor protagonismo a la hora de controlar y sancionar los cortes de luz de las distribuidoras metropolitanas

Por Antonio Rossi




Cuando todas las miradas estaban puestas en el tramo final de las elecciones que le dieron una sorpresiva y decisiva victoria a la administración mileísta; la justicia de la provincia de Buenos Aires dictó un fallo que plantea un cortocircuito regulatorio con la Nación y les otorga a los municipios un mayor protagonismo a la hora de controlar y sancionar los cortes de luz de las distribuidoras metropolitanas Edesur y Edenor.

El juez en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Quilmes, Hugo Jorge Guarnieri, rechazó una apelación de la empresa Edesur contra la municipalidad quilmeña y avaló la sanción aplicada por un juzgado local de faltas por la interrupción del suministro y los daños en artefactos eléctricos que había sufrido una usuaria de esa distribuidora eléctrica.

El fallo abrió la puerta para que otros gobiernos municipales del Conurbano que se vean afectados por los cortes de luz en el verano puedan avanzar con penalidades y multas contra Edesur y Edenor, más allá de las sanciones que pudiera aplicar el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que tiene a su cargo la supervisión y control de los servicios que prestan las distribuidoras del AMBA.

La intervención del juez Guarnieri tuvo lugar tras una presentación efectuada por los letrados de Edesur destinada a impugnar las sanciones basadas en las leyes de defensa del consumidor que le habían aplicado en 2023 la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial y el Juzgado de Faltas Nº 2 de Quilmes.

La distribuidora controlada por el grupo italiano ENEL alegó que el procedimiento administrativo era nulo, que no se respetó su derecho de defensa y que la administración local carece de competencia para sancionarla. Según el planteo de la empresa, el marco regulatorio del sector eléctrico establecido en la ley 24.065 determina expresamente que el único organismo que tiene "facultades exclusivas y excluyentes de control es el ENRE".

De acuerdo con lo informado por el sitio diariojudicial.com, el fallo del juez Guarnieri desestimó todos los planteos de la empresa y confirmó la sanción aplicada, dejando delimitado el rol del control judicial en esta materia.

Competencia de control municipal

Tras tomar como antecedente el fallo de la Suprema Corte bonaerense en el caso de "Edelap SA c/ Municipalidad de La Plata", el magistrado consideró que negar la competencia local en materia de defensa del consumidor "implicaría vulnerar el principio de descentralización federal y obstaculizar el acceso de los usuarios a una respuesta administrativa rápida".

Agregó que "en lo atinente a las facultades jurisdiccionales de los órganos administrativos en procura de usuarios y consumidores, es dable resaltar que, al instituir la protección de usuarios y consumidores en la relación de consumo, la Constitución Nacional dotó a los distintos órganos de la administración federal, provincial y municipal de competencias como autoridades de control y fiscalización".

"Dichas facultades -destacó el fallo- fueron otorgadas a los gobiernos locales municipales con la finalidad de garantizar una pronta solución ante una denuncia por afectación de los derechos de usuarios y consumidores que establecen la ley nacional 24.240 y la norma provincial 13.133".

Tras rechazar el planteo de Edesur sobre la incompetencia de la Dirección Municipal y del Juzgado local de Faltas de Quilmes, la resolución judicial remarcó que "tanto la Constitución Nacional, como la bonaerense y las leyes que regulan la relación de consumo, instituyeron competencias a los municipios de la provincia para la protección de los derechos de los usuarios y consumidores, conforme al ejercicio del poder de policía innato de las estructuras administrativas".

El fallo dio por probado que la usuaria Rosana Edith De Leon sufrió por los cortes de luz "un menoscabo a sus derechos, susceptible de apreciación pecuniaria en los términos del artículo 40 bis de la ley 24.240" y que la sanción establecida por el juez de faltas interviniente "resultó acorde al padecimiento soportado, por cuanto debió iniciar un procedimiento administrativo en defensa de sus derechos ante la falta de respuesta de la empresa eléctrica".

Mayores riesgos de cortes

A principios de octubre, una auditoría del ENRE encendió las señales de alerta sobre los barrios porteños y los partidos de Gran Buenos Aires que estarían más expuestos a los cortes de luz por los picos de consumo que se darían a partir de diciembre y en los meses de verano.

Tras evaluar el desempeño técnico y comercial que tuvieron las distribuidoras eléctricas metropolitanas en el último semestre auditado (septiembre 2024-febrero 2025), el organismo de control advirtió que en el área de Edenor no se alcanzaron los índices exigidos en solo tres partidos bonaerenses; mientras que en la zona de Edesur los incumplimientos de la calidad del servicio se extendieron a todos los distritos y barrios que tiene a su cargo.

En el caso de Edenor -la distribuidora controlada por el trío empresario conformado por José Luis Manzano, Daniel Vila y Mauricio Filiberti-, los partidos del Conurbano que serían más propensos a tener interrupciones de suministro porque los parámetros de calidad arrojaron resultados negativos son los de Escobar, San Fernando y Tigre.

Por el lado de Edesur, si bien los incumplimientos de los niveles de calidad se registran en todo el ámbito de la concesión, la lista de los lugares más complicados y con mayor probabilidad de cortes tiene en los primeros puestos a los partidos bonaerenses de San Vicente, Cañuelas, Presidente Perón y Ezeiza y a los barrios capitalinos de Flores, Parque Chacabuco, Caballito, Mataderos, Liniers, Chacarita, La Boca y Villa Soldati.

Fuente: iProfesional