
La Subsecretaría de Transporte Aéreo de Argentina autorizó a la empresa American Jet a explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general.
La medida, oficializada mediante la Disposición 48/2025 publicada en el Boletín Oficial, otorga a la compañía una autorización por un plazo de 15 años, renovable automáticamente según el cumplimiento de estándares de seguridad operacional.
El proceso administrativo se basó en el nuevo Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales (Decreto 599/2024), que permite a personas jurídicas con domicilio en el país solicitar permisos para la asistencia en tierra de aeronaves.
¿Qué permiso recibió American Jet?
Recibió autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general por un plazo de 15 años, según la Disposición 48/2025.
¿En qué norma se basó la autorización?
Se basó en el Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales establecido por el Decreto 599/2024.
¿Qué organismos avalaron la capacidad de la empresa?
La Dirección Nacional de Transporte Aéreo y la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) emitieron dictámenes favorables sobre su capacidad técnica y económica.
¿Qué condiciona la renovación de la autorización?
La renovación automática está sujeta al cumplimiento continuado de los estándares de seguridad operacional.
La Dirección Nacional de Transporte Aéreo y la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) emitieron dictámenes favorables sobre la capacidad técnica y económica de la transportista para asumir estas operaciones.
La normativa establece que la empresa acreditó los recaudos del artículo 105 de la Ley 17.285 (Código Aeronáutico). Esta habilitación permite a la firma, que tradicionalmente opera vuelos chárter y servicios para el sector petrolero y minero (solo opera vuelos regulares a General Pico), competir en el mercado de servicios aeroportuarios que hasta 2024 presentaba restricciones de acceso para nuevos actores.
"Corresponde encuadrar el pedido empresario a la obtención de autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general", detalló el texto firmado por el subsecretario Hernán Adrián Gómez. La resolución confirma que la vigilancia de la gestión de la seguridad operacional quedará bajo la órbita exclusiva de la Autoridad Aeronáutica.
Fuente: AviacionLine

