En las últimas horas, la Secretaría de Industria y Comercio imputó a 95 empresas de servicios públicos por haber incluido en sus facturas tasas o cargos ajenos al contrato preexistente entre el proveedor y el consumidor. Ahora, las compañías tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, las entidades sospechadas serán plausibles de ser sancionadas con multas que pueden alcanzar hasta $2130 millones.
Según pudo saber LA NACION, se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma, tras recibirse 2705 reclamos. Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la Resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en los recibos conceptos indebidos, según precisó el Gobierno.
La autoridad de aplicación indicó que continuará con la instrucción de sumarios para los próximos vencimientos de noviembre y diciembre. Al momento, se imputaron empresas del centro porteño y de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.
Desde que reciben la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47 inciso b contempla multas de hasta $2130 millones. Algunas de las entidades apercibidas fueron Camuzzi Gas del Sur, con reclamos de clientes que llegaron desde Neuquén, Chubut, Río Negro y Buenos Aires; la Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A.; y Gasnea S.A., de Entre Ríos.
El organismo estatal indicó que “las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado para tal fin, denunciatufactura@comercio.gob.ar”. En la resolución por la que estas empresas fueron sancionadas se indicó que con el transcurso del tiempo se volvió una práctica generalizada que las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios facturaran sumas o conceptos indebidos, ajenos a aquellos contratados por los consumidores.
“La situación expuesta implica una posible afectación a los derechos que posee el cliente respecto de la información con la que debe contar al momento de realizar pagos de bienes y servicios contratados”, se explayó la normativa publicada en el Boletín Oficial a inicios de septiembre.
Las empresas imputadas https://drive.google.com/file/d/1R0ulPOPpd9XzyEuqhLBX_ZTXAE0q6MXl/view
Fuente: LA NACION