26/06/24

Fuertes sanciones: ENARGAS intensifica acciones para desactivar operaciones irregulares en el GNC

El organismo acentuó los controles sobre los actores involucrados en el sistema con el fin de garantizar la seguridad de la actividad.


ENARGAS estableció un procedimiento para la adopción de medidas preventivas en pos de resguardar la seguridad pública

A través de distintas gestiones, el Ente Nacional Regulador de Gas se encuentra desarrollando un severo control sobre los actores involucrados en el universo del GNC.

A las acciones que lleva a cabo regularmente en las Estaciones de Carga para detectar obleas apócrifas, el organismo intensificó las inspecciones en los Talleres de Montaje con el mismo objetivo.

En ese sentido, se conoció la reciente decisión del ENARGAS de suspender la actividad de uno de ellos. La medida se efectivizó cuando los inspectores, al solicitar, ingresar a las instalaciones fueron recibidos por una persona que se negó a identificarse, quien les impidió el acceso a las mismas y, consiguientemente, constatar el debido cumplimiento a la normativa vigente por parte del sujeto auditado, “con respecto a cómo y en qué condiciones, desarrolla su actividad con el GNC”, explicaron.

Desde la dependencia que conduce Carlos Casares, recordaron que la Resolución ENARGAS N° I-3844/16, establece taxativamente, en su Anexo I, Punto II) las causales de suspensión preventiva de los Sujetos de GNC en la actividad, encontrándose contemplado en el apartado d) que “la suspensión preventiva procederá también cuando un sujeto de GNC impida u obstaculice la actividad de control que intente realizar el ENARGAS”.

Asimismo, agregaron que la medida en cuestión se adopta sin perjuicio del correspondiente procedimiento sancionatorio que se lleve a cabo ante la conducta infraccional y no obsta al ejercicio de las facultades que competen al organismo, ni implica liberación de las obligaciones a cargo de los sujetos alcanzados.

Vele recordar que el ENARGAS estableció un procedimiento para la adopción de medidas preventivas de carácter urgente cuando tomare conocimiento prima facie de alguna infracción que pudiera poner en riesgo la seguridad pública, las cuales consisten en suspender preventivamente, de oficio y sin sustanciación al Sujeto de GNC en el Sistema Informático (SICGNC), conforme las causales taxativas determinadas, las cuales son de interpretación restrictiva.

Fuente: Surtidores