Durante el segundo cuatrimestre del año, las empresas distribuidoras de energía, Edenor y Edesur, se vieron obligadas a conceder bonificaciones por un monto acumulado de $141 millones a los usuarios que presentaron reclamos debido a los frecuentes y prolongados cortes de luz que tuvieron lugar en los meses de mayo, junio, julio y agosto.
Estas cifras fueron confirmadas por Walter Martello, el interventor del Ente Nacional Regulador de la Energía (ENRE), quien a través de un comunicado informó que las compañías “respondieron favorablemente” al 90% de las quejas presentadas por los clientes, es decir, nueve de cada diez reclamos por cortes prolongados y recurrentes de suministro eléctrico que ingresaron al organismo en ese período.
En términos de definición, los cortes de suministro prolongados se consideran cuando la interrupción del servicio dura 15 horas o más, mientras que los cortes reiterados se producen cuando hay cuatro o más interrupciones en el suministro eléctrico en un mismo mes, según la información oficial.
De esta manera, las bonificaciones alcanzaron un total de $141 millones y la acreditación se realizó de manera automática en las facturas. De acuerdo a Martello, el resarcimiento llegó a un universo de casi 5.000 usuarios.
“Desde el Ente Regulador aplicamos todas las herramientas contempladas en el marco regulatorio para que quienes hayan estado afectados por cortes, obtengan un resarcimiento económico”, expresó el titular del organismo tras darse a conocer la noticia.
¿Cómo se realiza un reclamo por cortes de luz?
El reclamo por cortes prolongados o reiterados se genera a través de un formulario web ubicado en el sitio oficial del ENRE. Allí, se deben ingresan los datos del usuario; los datos del medidor y la categoría tarifaria; el o los números de reclamo de cada corte de suministro, y la fecha y hora en que sucedieron.
En la opción “Seleccioná el tipo de reclamo a realizar”, se debe elegir la opción de “Corte prolongado o Corte reiterado”. El ENRE notificará el procedimiento que se aplicará.
Luego de verificada la información, la empresa concesionaria debe efectuar un reintegro en la factura equivalente a 2000 Kilowatts ($ 45.000 al mes de septiembre). “Si el reintegro excede el importe de tu factura, la prestataria te lo acreditará en la o las facturas siguientes”, indica la cartera dependiente del Ministerio de Energía.
Para realizar la solicitud, es necesario también adjuntar la factura del servicio. En caso de que el servicio esté registrado a nombre de otra persona, se requiere presentar una copia del título de propiedad, el contrato de alquiler, o bien, de otro servicio o del DNI donde conste el domicilio.
Fuente: Infobae