03/07/23

La Aduana suspendió a una empresa de transporte de cargas por querer operar con “contado con liqui”

La compañía, que fue suspendida por 45 días, buscaba cancelar sus facturas a un valor mayor al tipo de cambio oficial


La diferencia en la cotización entre el dólar oficial y el CCL es del 83%. (iStock)

La Dirección General de Aduanas suspendió a la empresa transportista Almar Internacional de Argentina S.A. por querer operar con “contado con liqui”. Se trata de una suspensión preventiva conforme a los previsto en el artículo 97 apartado 1 inciso E del Código Aduanero.

La decisión del organismo que dirige Guillermo Michel tiene como objetivo garantizar la trazabilidad de las operaciones para poder controlar el real valor del flete. La compañía pretendía que la contratación de sus servicios y posterior cancelación de sus facturas sea al valor del contado con liquidación (CCL), cuando debería ser al tipo de cambio oficial.

Actualmente existe una brecha del 83,4% entre la cotización oficial ($270,16) y el valor de dólar contado con liquidación ($495,64). Es decir que, por cada dólar facturado, habría una diferencia de $224,48.

Teniendo en cuenta que este hecho podría derivar en un riesgo fiscal y aduanero, se procedió a la suspensión de la firma mencionada por el plazo de 45 días conforme la normativa prevista en el Código Aduanero. La decisión que tomó el organismo es para proteger la seguridad del servicio de la Aduana y de la renta fiscal. Además, controlar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras por parte de los operadores y usuarios aduaneros.

La postura de la empresa

Hace días la compañía sancionada por Aduana emitió un comunicado dirigido a sus clientes explicando cómo sería su nueva forma de facturación y justificando su decisión. En el escrito, la firma cita la comunicación A771 del Banco Central, donde se incluye dentro del proceso de Sirase (Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos al Servicio Exterior) al servicio de flete internacional y gastos, que instala un plazo de 90 días para la aprobación y pago.

Asimismo, recordaron que las líneas marítimas decidieron no recibir cobranzas en Argentina de servicios internacionales, generando que todo sea contratado y pagado en el exterior. “Esto nos impide continuar trabajando de la forma que lo hemos hecho durante los últimos 35 años de trayectoria de mercado de nuestra empresa, ya que, sumado a las medidas mencionadas, transitamos en un escenario inflacionario y con altas presiones devaluatorias en una actividad completamente dolarizada”, explicaron a través del comunicado, firmado por su presidente, Carlos Bidabehere.

Desde Almar Internacional aclararon además que la empresa no tiene garantía de que la Sirase sea efectivamente aprobada dentro del plazo de 90 días. Por esa razón, aseguran, tampoco se pueden sujetar el tipo de cambio a aplicar a los pagos, a la fecha de aprobación.

Ante esto, comunicaron que en sus futuras operaciones el tipo de cambio a utilizar para la contratación y posterior cancelación de las facturas sería del contado con liquidación de la fecha de pago. “La forma de pago puede continuar siendo en pesos a CCL, dólar billetes, transferencia en dólares o pago en dólares a una cuenta en el exterior”, remarcaron.

Esa es justamente la modalidad de cobro que fue sancionada por Aduana y que derivó en la suspensión de actividades por un plazo de 45 días.

“Esperamos pronto se restablezcan condiciones normales de operatividad cambiaria financiera del país y podamos enfocarnos en generar más y mejores negocios acompañándolos siempre en vuestro desarrollo. Valoramos enormemente su preferencia por nuestros servicios, los invitamos a contactarse con nuestros ejecutivos de cuentas con el fin de analizar las posibles alternativas existentes y evitar inconvenientes no deseados en la liberación de sus cargas de importación y/o exportación”, cierra el escrito de la compañía para sus clientes.

Fuente: InfoBae