Finalmente, el Estado nacional saldó la preocupación que giraba en torno al sector estacionero, que se había generado en los últimos meses por los efectos de la inflación en los cálculos fiscales y de facturación anual.
Sucedía que, a medida que los precios aumentaban, el piso por el cual se consideraban a las expendedoras de combustibles como pequeñas o medianas empresas, iba quedando rezagado y con los cálculos del año pasado. A modo de ejemplo, una operadora que tiene un volumen promedio de 300 mil litros mensuales, podía haber sido considerada por los entes recaudadores como una gran empresa con todas las obligaciones que esto implicaba.
Pero este viernes, la información oficial llevó tranquilidad a los dueños de las bocas de expendio, porque se hizo concreta la actualización esperada, por lo cual, aquellos comercios que declaren un límite de ventas totales anuales de $ 1.518.340.000, seguirán perteneciendo a la categoría PyME.
En ese mismo rango estarán las Estaciones de Servicio que además cuenten con un plantel de empleados no superior a los 35 trabajadores.
Por ello, desde CECHA, recordaron en diálogo con surtidores.com.ar, que ante cualquier duda se comuniquen con la entidad para asegurarse los detalles de la última resolución. Además, recomendaron a los expendedores que estén atentos a la vigencia de los certificados de MiPyME para no perder los beneficios fiscales y renueven la documentación en tiempo y forma.
En este sentido, observaron que la categorización se solicita a través de la página oficial de la AFIP, con la clave fiscal correspondiente, como también, en dicho portal se encuentran los detalles de la postergación de las sanciones.
Vale recordar que bajo esta condición, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo permite acceder a financiamiento, facilidades impositivas y programas de asistencia para las firmas comerciales.
Fuente: Surtidores