21/07/22

Gobierno presentó plan para que los transportistas regularicen multas

La medida fue informada través del decreto 424/2022 publicada en el Boletín Oficial. El plan de 'Régimen de Presentación Voluntaria' incluye deudas originadas en multas y/o infracciones constatadas al 31 de diciembre de 2021.



El Gobierno anunció un régimen especial de regularización para los operadores del servicio de transporte automotor de pasajeros, cargas generales y cargas peligrosas de jurisdicción nacional e internacional para saldar las multas aplicadas e impactadas. La medida fue informada través del decreto 424/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente de la Nación.

Tal como refiere en su artículo 2°, para hacerlo el Ministerio de Transporte adoptará los parámetros previstos en la Ley de Alivio Fiscal para fortalecer y lograr, según el Gobierno, una salida económica frente a los perjuicios que se arrastran desde la pandemia de Covid-19.

En ese contexto fue presentado el plan de ‘Régimen de Presentación Voluntaria’, donde las deudas originadas en multas y/o infracciones constatadas al 31 de diciembre de 2021 se abonarán en planes especiales de pago de hasta 48 cuotas. Mientras que para las cancelaciones totales del importe adeudado al 31 de diciembre de 2021 de pago al contado y en un plazo que no exceda los 30 días corridos a partir de la implementación del presente régimen especial, se podrá establecer una quita de la deuda total consolidada que no exceda el 60% del mismo.

El documento también aclara que con el objetivo de acceder al plan de facilidades, se deberá abonar al 5% de la deuda total consolidada, en carácter de anticipo de pago de la deuda. El monto mínimo del pago a cuenta será de $5000, excepto en aquellos casos en que la deuda total consolidada no supere este valor. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto mínimo del componente capital de cada cuota será de $5000, excepto en aquellos casos en que la deuda total consolidada no supere este valor.

En tanto, los planes de pago de hasta 12 cuotas no se les podrá aplicar quitas superiores al 40% de la deuda total consolidada al 31 de diciembre de 2021 y tampoco se le calcularán intereses resarcitorios ni compensatorios adicionales.

Para planes de pago de 13 a 24 cuotas se aplicará como máximo una quita del 40% del importe de la deuda total consolidada al 31 de diciembre de 2021 y una tasa de interés por financiación equivalente al 50% de la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina.

Para planes de pago con plazo superior a 24 cuotas no se podrán aplicar quitas ni deducciones a la deuda total consolidada al 31 de diciembre de 2021.

En el caso de planes de pago con plazo superior a 24 meses e iguales o menores a 36 meses se aplicará una tasa de interés equivalente a la Tasa Pasiva Promedio del Banco Central.

Para planes de pago con plazo superior a los 36 meses se aplicará una tasa de interés equivalente a la Tasa Pasiva Promedio del BCRA incrementada en un 20%.

Los sujetos que adhieran al presente régimen a través de planes de facilidades de pago podrán solicitar por única vez la cancelación anticipada total del saldo de la deuda comprendida en aquellos, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

Fuente: Ámbito