08/05/24

Cómo es el nuevo régimen de concesiones de obras públicas que impulsa Milei para la construcción privada de cárceles, rutas, escuelas y hospitales

La Ley de Bases contiene un marco normativo para reactivar la construcción con el otorgamiento de "concesiones de obras e infraestructuras públicas"

Por Antonio Rossi




Junto con la autorización para privatizar total o parcialmente 11 empresas estatales y la inclusión del “Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones” (RIGI), la ley Bases que impulsa la administración de Javier Milei contiene un marco normativo destinado a reactivar el sector de la construcción con el otorgamiento de nuevas “concesiones de obras e infraestructuras públicas”.

El nuevo esquema de concesiones—que remplaza al vigente que había sido establecido a fines de la década del 60 durante el Gobierno militar de Juan Carlos Onganía—contempla entregar bajo el formato de “concesión” la ejecución y ampliación de obras que promueva el Estado y proyectos que surjan de iniciativas motorizadas por empresas privadas que sean declaradas de “interés público y convenientes para la sociedad”.

Con el régimen de concesiones en juego—que les garantizará a las empresas el equilibrio de sus ecuaciones económicas-financieras a lo largo de los contratos--; la gestión libertaria prevé avanzar con la construcción de nuevas cárceles, rutas, hospitales y escuelas financiadas y mantenidas por operadores privados que recuperarán sus inversiones con el cobro de tarifas y peajes o con desembolsos a cargo del Estado.

Incluido como un capítulo de la sección “Contratos y acuerdos transaccionales” de la ley Bases, el nuevo esquema estipula que “el Poder Ejecutivo podrá otorgar concesiones por un plazo fijo o variable a sociedades privadas para la construcción, conservación o explotación de obras o infraestructuras públicas mediante el cobro de tarifas, peajes u otras remuneraciones”.

El proyecto de ley –que comenzará a tratarse esta semana en el Senado—especifica que “podrán otorgarse concesiones de obras o infraestructuras públicas para la explotación, administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento de obras nuevas y ya existentes”.

Tras precisar que “las concesiones se otorgarán mediante licitación pública nacional e internacional”, el nuevo sistema legal prevé que “la tarifa, peaje o remuneración estatal compensarán la ejecución, explotación y mantenimiento de obras nuevas y la modificación, ampliación, reparación, conservación y mantenimiento de obras ya realizadas”.

En cuanto a origen de los proyectos, el texto de la ley Bases determina que “el Poder Ejecutivo podrá convocar a la presentación de iniciativas privadas para la celebración de contratos de concesiones de obras e infraestructuras públicas en sectores considerados de interés público”. A se vez, empresas e inversores también podrán elevar al Gobierno” iniciativas privadas específicas para la ejecución de obras o infraestructuras públicas mediante el sistema de concesión”.

En todos los casos, el financiamiento deberá será privado y en la reglamentación de la ley “se establecerá el procedimiento aplicable, los requisitos de admisibilidad de las propuestas, los derechos y obligaciones del proponente de la iniciativa privada y las ventajas competitivas que se le reconocerán en los procedimientos licitatorios”.

Entre otros puntos salientes, el nuevo régimen de concesiones dispone lo siguiente:

  • La licitación se adjudicará a la oferta más conveniente conforme con las condiciones establecidas en la reglamentación y en las bases del llamado a empresas privadas
  • A lo largo de las concesiones, el Gobierno deberá garantizarles a las empresas adjudicatarias el mantenimiento del equilibrio de su ecuación económico-financiera con mecanismos de recomposición que estarán previstos en la documentación licitatoria y en la firma de los contratos.
  • En los casos de fuerza mayor o actuaciones oficiales que resulten determinantes de la ruptura sustancial de la economía del contrato, podrá prorrogarse el plazo de la concesión por hasta igual término al de su duración inicial.
  • Ante una distorsión de la ecuación económica-financiera por causas no imputables a ninguna de las partes, las mismas estarán facultadas para renegociar el contrato con el fin de alcanzar su recomposición o convenir su extinción de común acuerdo.
  • De no arribarse a un acuerdo, las partes deberán someter la controversia a consideración de un Panel Técnico y, si correspondiere, a un Tribunal Arbitral.
  • En caso de extinción por mutuo acuerdo, la reglamentación determinará el plazo desde la fecha de suscripción del convenio de extinción dentro del cual deberá realizarse la liquidación de créditos y débitos y, en su caso, el pago del crédito resultante a favor de alguna de las partes.
Además, la letra chica del nuevo esquema de concesiones plantea que las empresas titulares de una concesión podrán “ceder, total o parcialmente, el contrato a un tercero siempre que reúna requisitos similares y que haya transcurrido, al menos, el 20% del plazo original o de la inversión comprometida”.

Antes de convalidar una cesión de contrato, las autoridades nacionales deberán contar con un dictamen fundado sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones asumidas por el concesionario y las condiciones exigidas a los nuevos socios.

A su vez, el Gobierno se reserva la facultad de alterar unilateralmente las obras y el proyecto hasta un límite máximo, en más o en menos, del 20% del valor total del contrato. En esos casos, tendrá que “compensar adecuadamente la alteración, preservando el equilibrio económico-financiero original del contrato y las posibilidades y condiciones de financiamiento”.

Por último, el nuevo régimen de concesiones habilita “por razones de emergencia” al Poder Ejecutivo a llevar adelante “la reconducción de los contratos de obra pública y servicios de consultoría celebrados con anterioridad y que se encuentren en estado de paralización, a los efectos de posibilitar el aporte de financiamiento privado tendiente al reinicio y finalización de los trabajos comprometidos”.

Fuente: iProfesional