Por Antonio Rossi
Mientras termina de adaptarse a su flamante rol de “concesionaria” de la hidrovía Paraguay-Paraná contratando en forma directa a Jan de Nul y Emepa, las socias de la operadora saliente a la cual insólitamente el Gobierno no le quiso prorrogar por unos meses la concesión; la Administración General de Puertos (AGP) cosechó un nuevo fallo judicial adverso que altera las reglas de juego de las terminales portuarias capitalinas y obliga a la administración de Alberto Fernández a tener que rediseñar el plan de reprivatización que tenía encaminado para el mediano plazo.
Tras ratificar la plena vigencia de la concesión de la terminal 5 a cargo de la firma Bactssa; el juez federal contencioso administrativo Enrique Alonso Regueira suspendió las prórrogas contractuales que la AGP les había otorgado a las empresas TRP y APM y determinó que cualquier medida tendiente a extender las concesiones del puerto de Buenos Aires tiene que abarcar a las tres operadoras por igual y bajo las mismas condiciones.
La resolución judicial adoptada a mitad de semana abrió un nuevo capítulo en el conflicto que se viene registrando entre las terminales privadas porteñas y las autoridades portuarias que dependen del ministro de Transporte, el massista Alexis Guerrera.
Además del organismo portuario nacional que encabeza el santacruceño José Beni, la disputa legal tiene como protagonistas centrales a las empresas Bactssa (la concesionaria de la terminal 5 controlada por el holding asiático Hutchinson Ports); TRP (la operadora de las terminales 1, 2 y 3 que maneja el holding estatal Dubai Ports Word, asociado con el grupo local Román) y APM (la adjudicataria de la terminal 4 del grupo danés Maersk).
A principios de mayo y dando por hecho que a mediados de ese mes iba a expirar el contrato de Bactssa, la AGP tomó la decisión de concederles a TRP y APM una nueva prórroga de sus concesiones hasta 2024.
Pese que ambas operadoras ya tenían prorrogados sus contratos hasta mayo de 2022, la autoridad portuaria resolvió, casi un año antes de esa fecha y por medio de un par de addendas, volver a ampliar las concesiones hasta el 31 de mayo de 2024 a modo de “compensación” por el personal y los servicios de Bactssa que, supuestamente, iban a ser absorbidos por las dos concesionarias.
El escenario previsto por la AGP cambió por completo cuando a pocas horas de que venza su concesión, que no había sido prorrogada por las autoridades, los directivos de Bactssa –Terminal 5 obtuvieron un amparo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que les permitió seguir en actividad por un plazo inicial de seis meses, mientras se resuelve la cuestión de fondo vinculada con su pedido de extensión contractual para quedar en igualdad de condiciones con las otras dos concesionarias del puerto. Tras los nuevos planteos y elementos de prueba que presentaron en la causa los letrados de Bactssa, ahora el juez Alonso Regueira dictó un fallo en contra de la posición del Gobierno que contiene cuatro aristas salientes.
En primer lugar, dio curso a la medida cautelar solicitada y suspendió “en todos sus términos la ejecución y aplicación de las addendas” por las cuales la AGP había prorrogado las concesiones de TRP y APM hasta mayo de 2024.
En segundo lugar, dispuso la suspensión de cualquier hecho, acto jurídico, acuerdo o contrato derivado de la aplicación de las addendas que hubieran llevado adelante AGP, TRP y APM más allá de mayo de 2022.
En un tercer renglón, rechazó la posición oficial que daba por caída la concesión de Bactssa y determinó que se encuentra plenamente vigente, en principio, hasta el 30 de marzo del próximo año. En ese sentido, estableció que se deben arbitrar las medidas administrativas para “el mantenimiento de los permisos aduaneros y las autorizaciones de navegación y uso de muelle de la Prefectura Naval que resulten necesarios para la regular y ordinaria operación comercial de la concesión portuaria”.
Y por último, determinó que con respecto a la finalización de las concesiones no puede sustituirse ni modificarse el decreto vigente 870/18 en la parte que establece que se deben adoptar las medidas necesarias para unificar los vencimientos contractuales a fin de poder concesionar nuevamente las terminales a un único operador portuario.
Plazos y consecuencias
En cuanto a los tiempos en juego, el fallo del titular del titular del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 le otorgó a la AGP un período inicial de seis meses para que ponga a las tres concesionarias en igualdad de condiciones, remarcando que dicho plazo puede ser prorrogado todas las veces que sea necesario hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Tanto para la AGP como para la cartera de Transporte la resolución judicial representa un serio revés en medio de la campaña electoral, que ya viene complicada y cuesta arriba para el oficialismo tras la derrota en las primarias del 12 de septiembre.
Según el nuevo calendario de vigencia de las concesiones que dejó el fallo de Regueira, los contratos de TRP y APM estarían finalizando en mayo de 2022. Si no adoptan ninguna medida antes de las elecciones del 14 de noviembre, los funcionarios portuarios tendrían que empezar a hacer los inventarios para los cierres contractuales en los primeros días de diciembre. En el caso de Bactssa, la cautelar le permitiría seguir operando más allá de mayo de 2022 a la espera de que la Justicia defina la cuestión de fondo.
Para TRP y APM, la suspensión de las addendas que habían prorrogado anticipadamente sus concesiones implicará que ahora tengan que dar marcha atrás con todos los contratos de servicios firmados con las compañías navieras que iban a ser prestados entre mayo del próximo año y mediados de 2024.
Nota Editada en LetraP