Un fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ha vuelto a poner sobre el tapete la atípica y grave situación que se viene registrando en el ámbito del transporte automotor de pasajeros por el vacío legal derivado de la falta de un marco regulatorio específico.
Al hacer lugar a una medida de no innovar reclamada por una compañía de ómnibus de larga de distancia, los camaristas de la Sala III reconocieron que existe un “estado de incertidumbre jurídica” debido a que la ley 26.939 que aprobó el Digesto Jurídico Argentino (DJA) declaró como “norma general no vigente” a la ley 12.346 que regulaba todos los servicios y la actividad de las empresas dedicadas al transporte automotor de pasajeros.
Con este fallo, la Justicia le advirtió a la administración macrista que las líneas de colectivos carecen en la actualidad de una ley regulatoria y que todas las empresas que prestan servicios de pasajeros tienen sus permisos y concesiones en el aire y sin sustento alguno.
Firmada por los jueces Jorge Argento, Sergio Fernández y Carlos Grecco; la resolución de la Cámara Contencioso Administrativo destacó que “el estado de incertidumbre generado en torno a la normativa aplicable al servicio de transporte automotor de pasajeros de larga distancia aparece prima facie acreditado de manera suficiente a los fines de habilitar el dictado de la cautelar requerida”.
El caso llegó a los camaristas tras una apelación interpuesta por los abogados de la firma Expreso Tigre- Iguazú luego de que una jueza de primera instancia rechazara la medida cautelar solicitada por la empresa en la causa que inició en la justicia para que se aclare si estaba vigente o no el marco regulatorio del sector encuadrado en la ley 12.346.
Tras analizar el expediente, los jueces resolvieron admitir la apelación, revocar el rechazo de primera instancia y conceder la medida de no innovar solicitada por la compañía transportista.
Según consigna el fallo “corresponde admitir la medida de no innovar requerida a fin de que las demandadas (Secretaría de Transporte de la Nación y Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) se abstengan de dictar cualquier pronunciamiento, acto administrativo y/o decisión con idéntico efecto jurídico que implique afectar, lesionar y/o restringir la continua y regular prestación del servicio de transporte de larga distancia que brindaba la actora en el marco normativo de la ley 12.346”.
Tras establecer que el paraguas de la cautelar tendrá una vigencia de seis meses, la resolución judicial destacó que “la tutela requerida se ajusta a la pretensión de autos, ya que en el presente proceso judicial, la actora procura que: (i) se despeje el estado de incertidumbre jurídica dado a partir de la sanción de la ley 26.939, mediante la cual se aprobó el Digesto Jurídico Argentino (DJA) que declaró como “norma general no vigente” a la ley 12.346; (ii) se condene al Ministerio de Transporte a que elabore y remita para su tratamiento y aprobación legislativa por el Congreso un proyecto de ley que establezca el marco de regulación para el servicio público de transporte de pasajeros de larga distancia; (iii) se exhorte al Congreso a que confiera tratamiento legislativo y aprobación al Proyecto de ley que elabore y remita el Poder Ejecutivo Nacional”.
La inexistencia de un marco regulatorio para el transporte automotor de pasajeros ya había sido advertida hace tres meses por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la República Argentina (ACUDA).
Con el patrocinio del ex secretario de Transporte, Armando Canosa; la entidad denunció ante la Oficina Anticorrupción (OA) de Laura Alonso que “practicamente todas las empresas que operan las líneas de colectivos en la región metropolitana tienen los permisos vencidos y siguen prestando servicios sin contar con las habilitaciones administrativas correspondientes”.
La presentación de asociación de usuarios resaltó que “el autotransporte automotor de pasajeros del área metropolitana (AMBA) está sumergido en un verdadero caos. Los denominados “permisos de explotación” que son los títulos que tienen los prestadores para realizar los servicios están casi todos vencidos y, en algunos casos, esa caducidad ya acumula más de 10 años”.
A la titular de la OA, Laura Alonso, los dirigentes de la ACUDA le pidieron que investigue “la inacción de la cartera de Dietrich” ante la ausencia total de un marco regulatorio del sector como consecuencia de la caída de la ley 12.346 que regulaba todo lo atinente al transporte automotor.
“La ley 26.939 que aprueba el Digesto Jurídico Argentino declaró expresamente que la 12.346 no se encuentra vigente conforme surge del Anexo II en el Segmento Transporte y Seguros Numeral 34, con lo cual todo el sistema se encuentra sin una norma que permita que el Estado regule la actividad a la que destina millonarios subsidios mensuales”, precisó la denuncia.
Con los elementos y las pruebas aportados, la asociación de usuarios reclamó una “inmediata investigación de la OA a efectos de adoptar las medidas correspondientes para hacer cesar las ilegítimas omisiones y a su vez denunciar penalmente a los responsables, tanto sean autoridades, como particulares que pudieran estar involucrados”.
Publicado en Informador Público